
Certificación energética en Premià de Dalt: garantía de cumplimiento en zonas residenciales
En Premià de Dalt, el certificado energético es obligatorio para cualquier vivienda que se ponga en venta, en alquiler o que se someta a una reforma estructural o energética. Este documento no solo evalúa el consumo energético del inmueble, sino que también permite detectar posibles mejoras. En COWAT, llevamos a cabo el proceso completo con técnicos locales especializados, asegurando inspecciones rigurosas y registro oficial sin demoras.
Urbanizaciones extensas y edificaciones independientes
Premià de Dalt cuenta con un entorno urbano formado principalmente por viviendas unifamiliares repartidas entre zonas como Can Figueres, Santa Anna-Tió, Remei, La Floresta, Puig de Pedra y otras áreas residenciales de baja densidad. Cada construcción presenta condiciones particulares en cuanto a orientación, eficiencia térmica o instalaciones, por lo que el diagnóstico debe adaptarse con precisión. Muchas viviendas, aunque bien conservadas, no cumplen con los estándares energéticos actuales, lo que hace especialmente importante una evaluación técnica minuciosa.
Trámite técnico optimizado y ajustado a la realidad local
En COWAT unificamos la gestión del certificado energético y la cédula de habitabilidad en una sola visita si el cliente lo requiere. Este enfoque permite reducir tiempos y asegurar una evaluación global del estado de la vivienda. Nuestro equipo técnico conoce los materiales y soluciones constructivas más comunes en Premià de Dalt, lo que nos permite elaborar informes claros, válidos y listos para su tramitación oficial en un plazo de 24 a 48 horas.
Venta: 3–6 meses Alquiler: 1–2 semanas
• Viviendas unifamiliares con jardín • Reformas integrales recientes • Centro histórico y urbanizaciones periféricas
Es un documento oficial que informa sobre el consumo de energía y las emisiones de CO₂ de una vivienda. Incluye una etiqueta de eficiencia energética (de la A a la G) y es obligatorio para vender, alquilar o reformar un inmueble según el Real Decreto 390/2021. Su validez es de 10 años salvo reforma importante.
Es el documento que acredita que una vivienda cumple los requisitos mínimos de habitabilidad exigidos por la Generalitat de Catalunya. Es imprescindible para vender, alquilar o contratar suministros (agua, luz, gas). Tiene una validez de 15 años para viviendas usadas y 25 años en obra nueva.

En Premià de Dalt, la cédula de habitabilidad está regulada por el Decreto 141/2012 de la Generalitat de Catalunya, actualizado por la Resolución TER/3217/2023. Este documento acredita que la vivienda cumple las condiciones mínimas de superficie, salubridad, accesibilidad e instalaciones básicas. Es obligatoria para vender, alquilar o contratar suministros, y puede tramitarla el propietario, un representante o técnico autorizado.
Consulta oficial: Consultar normativa cédula de habitabilidad
El certificado energético es obligatorio para cualquier inmueble que se quiera alquilar o vender, según el Real Decreto 390/2021. Solo puede emitirlo un técnico habilitado tras una visita al inmueble. El trámite incluye la evaluación energética, emisión del informe y registro oficial en el ICAEN.
Consulta oficial: Consultar normativa certificado energético
En Premià de Dalt, ambos trámites tienen un nivel de exigencia normativa medio. No se requieren inspecciones presenciales salvo en casos excepcionales. No hay declaración de zona tensionada ni restricciones urbanísticas especiales que compliquen el proceso, por lo que los trámites siguen los estándares autonómicos generales.

Desde 69 € más tasas, según el tamaño de la vivienda. Si solicitas también la cédula, puedes beneficiarte de un pack con descuento.
La cédula tiene un precio base de 79 €, incluyendo gestión técnica y registro. También puedes contratar ambos documentos juntos y ahorrar tiempo y dinero.
El plazo medio de entrega es de 24 a 48 horas desde la visita del técnico. Incluye redacción, firma y registro oficial.
Sí, tanto el CEE como la cédula requieren visita presencial de un técnico colegiado para evaluar la vivienda según los criterios oficiales.
No. Son obligatorios para inscribir el contrato de compraventa o alquiler en el registro. Sin ellos, el notario puede rechazar la operación.


